COMUNICADO DEL PPP POR EL SINDICATO


DOMINGO 11 DE SEPTIEMBRE DE 2011


INFORME DE TELECOM


SÁBADO 13 DE AGOSTO DE 2011




Telecom y las acciones de sus empleados

Viernes, mayo 20, 2011
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El 19 de mayo se conoció que el 1 de Junio del 2011 se convertirán 4.000.000 de acciones clase C de Telecom en igual cantidad de acciones clase B, que son aquellas que se negocian en el mercado. Esta conversión constituye el 25% del total autorizado a convertir por la Asamblea de acciones clase C celebrada el 27 de Abril de 2006 que totalizarían unas 16.000.000 de acciones.

Cabe recordar que el capital social de Telecom esta integrado por 984.380.978 acciones de valor nominal $1 y 1 voto por acción, de las cuales 502.034.299 son Clase A y están en manos de Nortel Inversora (que posee un total del 54,74% del capital accionario), 440.910.912 son Clase B (de las cuales 246.740.000 están en manos del Anses que había “heredado” 224,3 millones de acciones de las AFJP) y 41.435.767 son Clase C que pertenecen al Programa de Propiedad Participada en manos de sus empleados y totalizan el 4,21% del capital social.
¿Que impacto podría tener este incremento en la oferta en el corto plazo? El floating de la compañía actualmente es del 44,79%, de los cuales neto de la tenencia del ANSES y del controlante quedarían 157.355.000 acciones  que equivalen a prácticamente el 16% del capital social. Estos 4 millones incrementarían la oferta de papeles clase B de dicho floating “purificado” en un 2,54% a partir de Junio, y en un 7,44% cuando se aprueben el resto de la tenencia autorizada a convertir en clase B.
Si bien esto podría generar cierto impacto en el corto plazo en la cotización de la acción, es indudable que TECO2 continuará siendo una de las mejores alternativas en la plaza local. Considerando el ultimo balance presentado al 31-03-2011, la proyección financiera realizada para el 2011 por Telecom Italia sobre Telecom Argentina seria fácilmente alcanzable ya que esperan $17,7 billones de ingresos por venta y $5,5 billones de EBITDA cuando en el 1Q2011 se obtuvieron ventas por $4,1 billones y EBITDA por $1,34 billones.


INFORME II



Se destrabaría la venta de las acciones del PPP en Telecom
Mar 10, 2011

En los próximos días, los empleados del Sindicato de Empleados de las Telecomunicaciones (ex FOETRA) sacarían a la venta las acciones de Telecom Argentina que forman parte del Programa de Propiedad Participativa (PPP), y Telecom Italia sería uno de los interesados en adquirirlas.
Franco Bernabé, presidente de Telecom Italia, reveló en los últimos días que en caso de presentarse la oportunidad la empresa buscaría aumentar su participación en Telecom Argentina.
Y como en los próximos días se resolverían las causas judiciales abiertas en diferentes tribunales, los 21.000 empleados -entre activos y jubilados- sacarían a la venta sus acciones.
En ese sentido, Vito Di Leo, vocal de FOETRA y presidente de la Comisión Liquidadora de Distribución del Fondo de Garantía y Recompra, una entidad que se conformó con las acciones que quedaron del PPP que no se vendieron en mayo de 2000, que son las que se van a vender ahora, explicó que “todavía no está destrabado, todavía faltan resolver algunas cuestiones judiciales. Pero en poco tiempo va a estar todo listo”, según consignó el diario El Cronista Comercial.
La facultad para vender las acciones la tiene el Banco Comafi y el estudio de abogados Nicholson y Cano. Los títulos estarán distribuidos en diferentes paquetes entre trabajadores activos y jubilados. Según el matutino, los eventuales vendedores ya habrían recibido ofertas de diferentes fondos de inversión y la venta se realizaría a través de una colocación privada.
De todos modos, Nortel Inversora, la compañía que controla Telecom Argentina con un 54,74 por ciento del capital social, sería la que mayores chances tendría de obtener el paquete accionario de los trabajadores.
El capital social de Telecom Argentina está conformado por 538.866.707 acciones; de ese total, 41 millones forman parte del PPP. Ahora cada trabajador tiene 1.952 títulos y podrá decidir qué hace con ellos, si los vende o los retiene.
Para Di Leo, el primer paquete que saldrá a la venta sería de 15 millones de acciones.
La venta de las acciones que conforman el PPP estuvo bloqueada durante los últimos 12 años por diferentes maniobras legales como consecuencia de desacuerdos entre los trabajadores que forman parte de esa entidad. Pero ahora los trabajadores activos habrían llegado a un acuerdo por lo que podría concretarse la venta.
Cuando se privatizó Entel, en 1991, los empleados obtuvieron una participación del 10 por ciento de la empresa. Y en el año 2000 se vendió el 5,79 por ciento, por lo que ahora mantienen el 4,21 por ciento.
Fuente: http://www.bolsafevalores.com/












Miércoles 19 de Enero de 2011

COMUNICADO DE LA COMISIÓN LIQUIDADOR

Comisión Liquidadora del Programa de Propiedad Participada de

Telecom Argentina S.A.

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Av. Corrientes 2565 P8º Of 1 CP.:1046   -Tel. (011) 49517151 Fax.: (011) 49521971

Distribución del Fondo de Garantía y Recompra.



    La unificación de criterios de la totalidad de los compañeros activos, plasmada en el documento aprobado en la Asamblea Especial realizada el 25/09/2010se encuentra homologado judicialmente, y el mismo dispone la forma en que se debe distribuir el Fondo de Garantía y Recompra (F.G.R.), sobre lo cual estamos trabajando de acuerdo al mandato recibido

     

La decisión de la Asamblea Especial contiene una propuesta conciliadora dirigida a la totalidad de los accionistas retirados, con o sin juicio pendiente contra el F.G.R., a fin de terminar con los embargos que pesan sobre las acciones.


En ese marco, la Comisión Liquidadora conjuntamente con nuestros abogados patrocinantes, hemos alcanzado diversos acuerdos –algunos ya instrumentados y otros en vías de hacerlo- que permitirán la definitiva distribución de las acciones del F.G.R.


No obstante ello, seguimos encontrando abogados que invocando la representación de algunos retirados y persiguiendo intereses estrictamente personales efectúan presentaciones judiciales improcedentes con el sólo fin de favorecerse injustamente. Esas presentaciones algunas veces nos imponen la obligación de contestar e incluso recurrir judicialmente las resoluciones que se dictan, cuando estas son contrarias a lo resuelto por la Asamblea.


En cualquier caso, y aún cuando ello importe mayores plazos, no vamos a permitir ni consentir ninguna pretensión ni resolución judicial que sea contraria a la voluntad de la Asamblea, puesto que el documento emanado el día 25/09/2010 fue homologado judicialmente y tiene fuerza de sentencia para todas las partes


Padrones


Estamos participando en el trabajo de actualización y depuración de los padrones de accionistas activos, y el de retirados que lleva el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en su condición de Fiduciario por instrucción del Acuerdo General de Transferencia. Esta tarea resulta fundamental, y si bien está a cargo del Banco hemos puesto a su disposición toda la documentación en nuestro poder, e incluso horas de trabajo en la sede del mismo.


La versión definitiva de estos padrones nos será entregada a la brevedad, y constituye un paso indispensable para que cada accionista con derecho, pueda participar de la distribución en la proporción que le corresponde

Esperamos entonces que se pueda terminar con las disputas judiciales que sólo favorecen los intereses personales de los abogados que las impulsan, y logremos cristalizar los acuerdos que faltan con los abogados que representan retirados y concluir así la distribución de las acciones que componen el Fondo de Garantía y Recompra.


Buenos Aires, 18 de Enero de 2011. 

                                                                             Comisión Liquidadora

                                                                           Vito Di Leo

                                                                       Omar N. Pérez

                                                                            Omar Mignini.

                                                                           Daniel Sánchez



COMUNICADO 17/06/2009-
PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE TELECOM ARGENTINA S.A.

INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE
A lo largo de nuestra gestión como integrantes del Comité ejecutivo del P.P.P., como en la suma de cualquier otra de carácter institucional, desarrolladas en el marco gremial o político, nunca hemos siquiera considerado, como herramientas legítimas para dirimir diferencias, ni la revancha, ni la violencia, ni la ocupación, ni los favores del gobierno de turno. Para ello siempre acudimos al poder que la Constitución consagra con ese fin, que es el Judicial, aun con los riesgos que esto supone, sometiendo a veces sus sentencias a las necesidades ó sugerencias del régimen gobernante.
Lo expresado precedentemente hace referencia a lo manifestado por el “ilegítimo” Comité Ejecutivo en su panfleto del 05/12/08 donde fueron agraviados el compañero delegado por Córdoba Héctor Daniel Sánchez y el Dr. Fernández Aguirre patrocinante legal de nuestras pretensiones judiciales. En el mismo se hace referencia a “la intromisión de ciertos funcionarios en asuntos que no le competen” en referencia a la presentación judicial que se hizo, con el fin de suspender la convocatoria a la Asamblea del 29/11/08. Solicitud que se realizó en el ámbito que correspondía que era el “Judicial”. Ahora bien estos mismos compañeros deberían preguntarse que sucedió cuando fue “intervenido” y “tomado por asalto”, como en épocas que son preferibles no recordar, nuestro Fondo Compensador, por un organismo que nada tiene que ver con el “ámbito privado”, como el Ministerio de Trabajo, Empleo y S. S. de la Nación. Parece que para ese accionar no cabe la frase “la intromisión de ciertos funcionarios en asuntos que no le competen”
Luego de este breve paréntesis y retomando el inicio de este documento, los delegados abajo firmantes nos remitimos a la justicia en defensa de los que creemos son derechos inalienables de nuestros representados, fuimos a pedirle a aquel poder, que amparara nuestros bienes y observara qué ocurría con su administración, convencidos de que se estaba transitando un camino, peligrosamente inadecuado.
Por ello el Juez, nombró un Interventor Informante, para que le comunicará sobre que había de cierto en nuestras afirmaciones y luego actuar en consecuencia, basado en sus propias comprobaciones.
Como consecuencia del Informe el Juez concluye textualmente “…que de su lectura, surgen dos factores que me llevarán a tomar la medida…, ellos son: una excesiva demora…y ciertas desprolijidades…” y luego agrega “En punto a lo que denominé desprolijidades, debo referirme al proceso de selección empleado para designar a la firma Mandatos P.P.P. S.A.”, para luego concluir “así como las severas condiciones impuestas a quienes dieron mandato a dicha sociedad”
Pasó entonces ya, el tiempo del informe y llegó el de actuar en consecuencia. Motivo por el cual el Juez dispone:
· Designar un Interventor, responsabilidad que recae en quien fuera su Interventor Informante, el Dr. Eduardo Ángel Pérez.
· No desplazar al actual Comité, el que deberá contar con la aprobación, tanto del Interventor como del Juez, para tomar cualquier tipo de medida
· El Interventor deberá lograr los acuerdos conciliatorios que posibiliten el levantamiento de las distintas medidas cautelares que pesan sobre el paquete accionario.· Tendrá que abrir tantas cuentas de ahorro como integrantes del padrón existan, en las que se depositará lo que a cada uno le corresponda.
· Deberá informar al Juez quincenalmente sobre su gestión.
Con humildad, honestidad, sentido democrático y respeto de las instituciones, hemos arribado al principio de una solución que pone una desacostumbrada cuota de equilibrio y seguridad en la que debería ser la última acción de los trabajadores como accionistas
.-
DELEGADOS ASAMBLEISTAS FIRMANTES ELEGIDOS LEGITIMAMENTE EL 07/09/07
TITULARES             SUPLENTES                       ZONA
SANCHEZ HECTOR DANIEL     BUSTAMANTE JULIO CESAR   CORDOBA
RIBAUDO VICTOR            TORRES DANIEL                    CORDOBA
GOMEZ RUBEN            BUONAMICO CLAUDIO                CORDOBA
POLIZZI MANUEL            ROMERO RAUL                       CORDOBA
CATALANO ROBERTO              BIAGI JORGE                    ENTRE RIOS
CERDAN ELEODORO (fallecido)       SOLIS ALBERTO A.     CORRIENTES
RODRIGUEZ JOSE       TAPIA EDUARDO                   SALTA - JUJUY
FERNANDEZ HUMBERTO       ROMERO RAMON DOMINGO     MISIONES
ENDRIZZI MANUEL     SEGIENOWICZ CARLOS    CTMA.-L RIOJA –SGO                                                        DEL ESTERO


Buenos Aires 15 de junio de 2007

Compañero
Delegado Accionista
Programa de Propiedad Participada de Telecom Argentina S.A.
Presente



En función de los tiempos procesales en la causa: “ABATE, Carlos Héctor y otros c/PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA TELECOM SINDICACIÓN DE ACCIONES CLASE C s/División de condominio (Expte. Nº 5049/2000)”, y con el propósito de finalizar las tareas preparatorias antes de la sentencia, el Comité Ejecutivo del Programa ha decidido solicitar a operadores financieros de primera línea propuestas de liquidación de las acciones afectadas y de sus costos respectivos.
Una vez recibidas y analizadas las propuestas por este Comité, el mismo propondrá a la Asamblea un operador para que comience dichas tareas, para que los compañeros puedan autorizar la venta de sus acciones.
Hasta tanto ocurra, les solicitamos se abstengan de firmar cualquier instrumento ofrecido por algún operador o institución bancaria, ya que el mismo carece de validez.
Saludamos atte.
Juan Carlos Lavagna             Daniel Sánchez
        Presidente                     Vicepresidente

                        

COMUNICADO:
Comité Ejecutivo del Programa de Propiedad Participada de
Telecom Argentina S.A.
Av.
Corrientes 2565 P8º Of 1 CP.:1046 -Tel. (011) 49517151 Fax.: (011) 49521971
Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2006  - El Comité Ejecutivo del PPP de Telecom informa que en el día de la fecha hemos sido notificados de la sentencia de 1º instancia dictada en autos “Abate, Héctor Carlos c/Comité Ejecutivo de la Sind. de Acc. PPP Telecom. Arg. Stet France Telecom. SA s/División de Condominio” radicado en el Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial Federal Nº 3, Secretaria Nº 5 que rechazó la demanda patrocinada por el Dr. Jorge Guiñazú ordenando el levantamiento de la medida cautelar oportunamente decretada en esta causa.
Queremos destacar que esta sentencia es susceptible de apelación ante la Cámara.
                         
 Comité Ejecutivo del PPP de Telecom                         Juan Carlos Lavagna             Daniel Sánchez                                Presidente                     Vicepresidente


COMUNICADO:            Nov, 11/2006

Comité Ejecutivo del Programa de Propiedad Participada de
Telecom Argentina S.A.

Av. Corrientes 2565 P8º Of 1 CP.:1046 -Tel. (011) 49517151 Fax.: (011) 49521971

Un largo y silencioso proceso va llegando a su fin.
Siempre quedará la duda, sobre si el camino elegido, en lo referente al perfil que consideramos adecuado para esta gestión, fue el mejor. Pero, no tendremos ninguna duda, de que fue el más humilde y con el que, en nuestro modesto entender, conseguiríamos los mejores resultados, garantizando siempre, un profundo respeto por el bien común.
Un párrafo destacado merece la labor de nuestros profesionales, abogados, contadores, que imbuidos de aquella humildad actuaron con certeza, sagacidad y compromiso político, para arribar a la sentencia de “rechazó de la demanda patrocinada por el Dr. Jorge Guiñazú ordenando el levantamiento de la medida cautelar oportunamente decretada en esta causa. “Abate, Héctor Carlos c/Comité Ejecutivo de la Sind. de Acc.
PPP Telecom. Arg. Stet France Telecom.
SA s/División de Condominio”. Medida, que nos permitirá liberar y distribuir entre los accionistas, alrededor de 30.000.000 de acciones, parte importante de nuestro Fondo de Garantía y Recompra.
Creemos que no podrá percibirse como resultado del análisis de esta gestión, ninguna decisión que pudiera confundirse con algún afán especulativo, en oportunidades tan común, entre los que participan, por decisión ó encargo, en este tipo de operaciones.-
Comité Ejecutivo del PPP de Telecom
Juan Carlos Lavagna             Daniel Sánchez
Presidente                           Vicepresidente
Marcelo Viña                                                                       Omar Pérez
Vocal Titular                                                                        Vocal Titular
Claudio Mignini
Secretario

ACUERDO EN EL PPP DE TELECOM ARGENTINA S.A.
       
Los compañeros que suscribimos el presente, tenemos el enorme agrado de comunicar que hemos logrado concretar el paso institucional para acordar una salida consensuada para la liquidación definitiva del Fondo de Garantía y Recompra del P.P.P. de Telecom. Consiste en el acuerdo de aquella partes intervinientes en el juicio “SÁNCHEZ Daniel y otros c/ Administración del F.G.R. del P.P.P. de Telecom. S/ amparo” Expte. 8952/08, contando con la participación de Mandatos PPP S.A. y la aprobación del Sr. Interventor designado.

El referido acuerdo contempla proponer a la Asamblea la distribución del condominio (Fondo de Garantía y Recompra) entre activos y retirados, a razón de dos tercios y un tercio respectivamente, previo al pago de todas las deudas existentes y costas, como así también la celebración de la Asamblea Especial, para que ratifique el acuerdo a que nos referimos. Sus resoluciones serán ejecutadas por una Comisión Liquidadora, y participación del Sr. Interventor designado judicialmente.

Cabe destacar que de la decisión de su Señoría, dependerán los pasos futuros y el tiempo que insuman, para alcanzar la definitiva liquidación del Fondo de Garantía y Recompra y su distribución proporcional entre los accionistas.

El mismo concepto con que se consiguió hacer una paritaria que contuviera a todas las organizaciones gremiales de las telecomunicaciones; ha logrado ahora después de muchísimos años, que los criterios que alguna vez significaron miradas distantes sobre la elección de los caminos adecuados para transitar la liquidación del PPP, se unifiquen, compartan, consoliden y alcancen  los estamentos necesarios para concretar un demorado y legítimo anhelo del conjunto.

En Buenos Aires, 19 de Agosto de 2010.

DANIEL SÁNCHEZ                                                       CÁNDIDO ALFONZO GALVÁN
ROBERTO JUSTINO CATALANO                            OMAR NOLASCO PEREZ
MANUEL ANÍBAL ENDRIZZI                               CLAUDIO OMAR MIGNINI
ALBERTO ALCIDES SOLÍS                                     VITO DI LEO
JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ                           CARLOS ALCIDES GONZÁLEZ,
HUMBERTO CÉSAR FERNÁNDEZ
JOSÉ MANUEL POLIZZI
CLAUDIO GUSTAVO BUONAMICO
VÍCTOR OSCAR RIBAUDO